Proyecto de Ley WARNES

Para que un ciudadano o un grupo organizado de Warnes pueda presentar un proyecto de ley, debe hacer uso del mecanismo de Iniciativa Legislativa Ciudadana. Este es un derecho democrático que permite que el pueblo no solo vote, sino que también proponga leyes directamente al Concejo Municipal.

Aquí te explico el procedimiento paso a paso para presentar un proyecto en el municipio de Warnes:


1. Elaboración del Proyecto (La Propuesta)

No basta con una carta; el documento debe tener una estructura formal para que sea admitido. Debe contener:

  • Exposición de Motivos: Explicar el «por qué» de la ley. ¿Qué problema de Warnes busca solucionar? (Ejemplo: Manejo de basura en mercados o protección de áreas verdes).

  • Marco Legal: Mencionar en qué leyes nacionales o la Constitución se ampara la propuesta.

  • Cuerpo Normativo: Los artículos redactados de forma clara (Artículo 1, Artículo 2, etc.).

2. Requisitos de Respaldo

Dependiendo de la normativa específica de Warnes (que suele alinearse con la Ley de Participación Control Social), existen dos vías:

  • A través de Organizaciones Sociales: Si la propuesta viene de una Junta Vecinal con personería jurídica, el proceso es más directo.

  • Iniciativa Ciudadana Individual/Grupal: Si eres un grupo de vecinos independientes, generalmente se requiere un porcentaje de firmas del padrón electoral municipal para demostrar que la ley tiene apoyo popular.

3. El Flujo del Trámite en el Concejo

Una vez entregado el proyecto por ventanilla única, sigue este camino:

  1. Ventanilla Única de Recepción: Se le asigna un número de hoja de ruta para seguimiento.

  2. Pleno del Concejo: El Presidente del Concejo da lectura al ingreso del proyecto en una sesión ordinaria.

  3. Remisión a Comisión: El proyecto se envía a la comisión correspondiente (ej. si es sobre impuestos, va a la Comisión de Finanzas; si es sobre colegios, a la de Educación).

  4. Informe Técnico-Jurídico: Los asesores de la comisión evalúan si el proyecto es viable legalmente y si el municipio tiene presupuesto para cumplirlo.

  5. Aprobación en el Pleno: Si el informe es positivo, se debate en el pleno del Concejo. Se vota en dos instancias: En Grande (el concepto general) y En Detalle (artículo por artículo).

  6. Promulgación: Una vez aprobado por el Concejo, se envía al Alcalde de Warnes. Él tiene 10 días para promulgarla (hacerla ley) u observarla.


Consejos Útiles para tu Proyecto

  • Socialización previa: Antes de presentarlo, reúnete con algún concejal de la comisión afín a tu tema. Si un concejal «apadrina» o apoya la visión del proyecto, el camino administrativo suele ser más fluido.

  • Control Social: Involucra al Comité de Vigilancia o Control Social de Warnes. Ellos tienen voz en las sesiones del Concejo y pueden presionar para que tu propuesta sea tratada con prioridad.


Para que un ciudadano o un grupo organizado de Warnes pueda presentar un proyecto de ley, debe hacer uso del mecanismo de Iniciativa Legislativa Ciudadana. Este es un derecho democrático que permite que el pueblo no solo vote, sino que también proponga leyes directamente al Concejo Municipal.

Aquí te explico el procedimiento paso a paso para presentar un proyecto en el municipio de Warnes:


1. Elaboración del Proyecto (La Propuesta)

No basta con una carta; el documento debe tener una estructura formal para que sea admitido. Debe contener:

  • Exposición de Motivos: Explicar el «por qué» de la ley. ¿Qué problema de Warnes busca solucionar? (Ejemplo: Manejo de basura en mercados o protección de áreas verdes).

  • Marco Legal: Mencionar en qué leyes nacionales o la Constitución se ampara la propuesta.

  • Cuerpo Normativo: Los artículos redactados de forma clara (Artículo 1, Artículo 2, etc.).

2. Requisitos de Respaldo

Dependiendo de la normativa específica de Warnes (que suele alinearse con la Ley de Participación Control Social), existen dos vías:

  • A través de Organizaciones Sociales: Si la propuesta viene de una Junta Vecinal con personería jurídica, el proceso es más directo.

  • Iniciativa Ciudadana Individual/Grupal: Si eres un grupo de vecinos independientes, generalmente se requiere un porcentaje de firmas del padrón electoral municipal para demostrar que la ley tiene apoyo popular.

3. El Flujo del Trámite en el Concejo

Una vez entregado el proyecto por ventanilla única, sigue este camino:

  1. Ventanilla Única de Recepción: Se le asigna un número de hoja de ruta para seguimiento.

  2. Pleno del Concejo: El Presidente del Concejo da lectura al ingreso del proyecto en una sesión ordinaria.

  3. Remisión a Comisión: El proyecto se envía a la comisión correspondiente (ej. si es sobre impuestos, va a la Comisión de Finanzas; si es sobre colegios, a la de Educación).

  4. Informe Técnico-Jurídico: Los asesores de la comisión evalúan si el proyecto es viable legalmente y si el municipio tiene presupuesto para cumplirlo.

  5. Aprobación en el Pleno: Si el informe es positivo, se debate en el pleno del Concejo. Se vota en dos instancias: En Grande (el concepto general) y En Detalle (artículo por artículo).

  6. Promulgación: Una vez aprobado por el Concejo, se envía al Alcalde de Warnes. Él tiene 10 días para promulgarla (hacerla ley) u observarla.


Consejos Útiles para tu Proyecto

  • Socialización previa: Antes de presentarlo, reúnete con algún concejal de la comisión afín a tu tema. Si un concejal «apadrina» o apoya la visión del proyecto, el camino administrativo suele ser más fluido.

  • Control Social: Involucra al Comité de Vigilancia o Control Social de Warnes. Ellos tienen voz en las sesiones del Concejo y pueden presionar para que tu propuesta sea tratada con prioridad.


La Exposición de Motivos es la parte más importante de tu proyecto de ley, ya que es el argumento político y técnico que convencerá a los concejales de que tu propuesta es necesaria para Warnes. Es el «porqué» antes del «qué».

Aquí tienes una estructura recomendada para redactarla de forma profesional:


Estructura de una Exposición de Motivos

1. Introducción y Antecedentes

Aquí describes la situación actual. Debes identificar el problema que afecta a los ciudadanos de Warnes.

  • Ejemplo: «En el municipio de Warnes, específicamente en las zonas de alto crecimiento como Satélite Norte, se ha observado un incremento de microbasurales que afectan la salud pública…»

2. Justificación (La Necesidad)

Explicas por qué es urgente aprobar esta ley ahora y qué pasaría si no se hace.

  • Social: ¿Cómo mejora la vida de los warneños?

  • Económica: ¿Genera ahorros al municipio o fomenta el empleo local?

  • Técnica: ¿Hay un vacío legal que nadie está atendiendo?

3. Marco Legal (Sustento Jurídico)

Debes citar las leyes superiores que te dan el derecho de proponer esto. Las más comunes son:

  • Constitución Política del Estado: Art. 109 (Derechos) o Art. 204 (Participación Ciudadana).

  • Ley N° 482 de Gobiernos Autónomos Municipales: Que faculta al Concejo a legislar en su jurisdicción.

  • Ley N° 341 de Participación y Control Social.

4. Objetivo del Proyecto

Define qué se pretende lograr de forma clara y directa.

  • Ejemplo: «El presente proyecto de ley tiene por objeto establecer un régimen de multas y educación ambiental para erradicar los vertederos clandestinos en el Distrito 3.»


Ejemplo Práctico: Esquema de Exposición de Motivos

Si estuviéramos redactando una ley para la Protección de Áreas Verdes en Urbanizaciones Nuevas de Warnes, se vería así:

Sección Contenido Sugerido
Antecedentes El acelerado crecimiento inmobiliario en Warnes está reduciendo los espacios de recreación.
Necesidad Las familias no tienen parques cercanos, aumentando el sedentarismo y la inseguridad en lotes baldíos.
Sustento La CPE establece el derecho a un medio ambiente saludable (Art. 33).
Beneficio Mejora de la calidad del aire y plusvalía para las viviendas de los vecinos.

El Proceso de Validación

Antes de pasar al articulado de la ley, la Exposición de Motivos es revisada por la Comisión Jurídica del Concejo. Si los motivos no son sólidos o contradicen una ley nacional, el proyecto puede ser rechazado por «infactibilidad».

Siguiente Paso

Para ayudarte mejor, ¿cuál es el tema o problema que te motiva a presentar este proyecto en Warnes? Si me das el tema (ej: seguridad ciudadana, ferias locales, protección de mascotas, etc.), puedo redactarte un borrador de los puntos clave para tu Exposición de Motivos.


Para un proyecto de Seguridad Ciudadana en Warnes, la Exposición de Motivos debe ser muy sólida, ya que este tema implica coordinación con la Policía Boliviana (que es de jurisdicción nacional) y el uso de recursos del IDH (Impuesto Directo a los Hidrocarburos).

Aquí tienes un borrador técnico y persuasivo que podrías utilizar como base:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Proyecto de Ley Municipal: «Plan Integral de Vigilancia Vecinal y Tecnológica para el Municipio de Warnes»

1. Antecedentes y Realidad Actual

El municipio de Warnes ha experimentado un crecimiento demográfico acelerado, especialmente en distritos como Satélite Norte y el área urbana central. Este crecimiento no ha sido acompañado proporcionalmente por un incremento en el número de efectivos policiales.

Actualmente, la percepción de inseguridad ha aumentado debido a:

  • El incremento de robos en zonas comerciales y paradas de transporte público.

  • La existencia de espacios públicos (parques y plazas) con iluminación deficiente que se convierten en focos de delincuencia.

  • La falta de un sistema de respuesta rápida coordinado entre los vecinos y la Guardia Municipal.

2. Justificación de la Propuesta

A. Necesidad Social: La seguridad es un derecho fundamental. Sin seguridad, el desarrollo económico de Warnes se frena, ya que los comerciantes y emprendedores temen por su patrimonio.

B. Justificación Técnica: El municipio cuenta con recursos del IDH Seguridad Ciudadana que deben ser ejecutados de manera eficiente. Este proyecto propone optimizar esos recursos mediante la instalación de cámaras de vigilancia de alta definición con reconocimiento de placas vehiculares en los accesos estratégicos (Carretera al Norte y entradas a barrios).

C. Prevención del Delito: No basta con reaccionar al crimen; esta ley busca prevenirlo mediante el fortalecimiento de las Brigadas Vecinales y la recuperación de espacios públicos iluminados.

3. Marco Legal Sustentatorio

El presente proyecto se fundamenta en:

  • Constitución Política del Estado (Art. 251): Que establece que la seguridad ciudadana es una responsabilidad compartida.

  • Ley N° 264 (Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana «Cuchillo Carrión»): Que obliga a los Gobiernos Autónomos Municipales a destinar recursos y crear planes locales de seguridad.

  • Ley N° 482 de Gobiernos Autónomos Municipales: Que otorga al Concejo la facultad de legislar en temas de su competencia exclusiva, como el alumbrado público y el apoyo a la seguridad.

4. Objetivo de la Ley

Establecer mecanismos de control y vigilancia tecnológica, fortalecer a la Guardia Municipal de Warnes y crear una red de comunicación directa entre las Juntas Vecinales y la Policía, con el fin de reducir los índices de criminalidad en un [indicar porcentaje, ej. 20%] en el primer año de aplicación.


Elementos clave que podrías incluir en los artículos de la ley:

Para que tu propuesta sea completa, después de los motivos deberías proponer artículos que hablen sobre:

  1. Cámaras de Vigilancia: Obligatoriedad de que los nuevos condominios y comercios grandes en Warnes conecten sus cámaras exteriores al centro de monitoreo municipal.

  2. Iluminación LED: Priorizar el cambio de luminarias amarillas por blancas (LED) en los «puntos críticos» identificados por la policía.

  3. Alarmas Comunitarias: Creación de un fondo para dotar de alarmas sonoras a los barrios que estén organizados.

¿Qué te parece este enfoque?

Si deseas, puedo redactar el «Artículo 1: Objeto» y el «Artículo 2: Alcance» para que empieces a darle forma al cuerpo de la ley.


Para que tu proyecto de ley tenga validez jurídica ante el Concejo Municipal de Warnes, el Artículo 1 debe ser preciso, técnico y delimitar exactamente qué es lo que la ley pretende lograr.

Aquí tienes una propuesta formal redactada para el contexto de Warnes:


PROYECTO DE LEY MUNICIPAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

ARTÍCULO 1. (OBJETO).–

La presente Ley tiene por objeto establecer el marco normativo municipal para la implementación del «Plan Integral de Vigilancia y Prevención Delictiva» en la jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de Warnes, mediante:

  1. La modernización tecnológica, a través de la instalación y gestión de sistemas de videovigilancia y centros de monitoreo.

  2. El fortalecimiento de la infraestructura pública, priorizando el alumbrado eficiente en zonas críticas.

  3. La promoción de la participación ciudadana, mediante la organización de Brigadas Vecinales y sistemas de alerta comunitaria.

  4. La optimización de recursos, asegurando la ejecución eficiente de los fondos provenientes del IDH (Impuesto Directo a los Hidrocarburos) destinados a la Seguridad Ciudadana en beneficio de la población warneña.


¿Por qué se redacta así? (Explicación técnica)

  • Marco Normativo: Indica que el Concejo está creando reglas claras, no solo un deseo.

  • Jurisdicción: Aclara que la ley solo aplica dentro de los límites de Warnes (incluyendo Satélite Norte, Barreras y zonas rurales).

  • Puntos específicos: Al listar los numerales (1, 2, 3, 4), le das una guía al Alcalde sobre en qué debe gastar el dinero (tecnología, luces, vecinos y presupuesto).

Siguiente paso sugerido:

Para que la ley sea ejecutable, el siguiente paso es el «Artículo 2: Alcance». Este artículo dirá a quiénes afecta la ley (por ejemplo: a todos los vecinos, dueños de negocios, la Guardia Municipal y la Policía en el municipio).

¿Te gustaría que redactemos el Artículo 2 para continuar con la estructura de tu proyecto?


Claro que sí. El Artículo 2 es fundamental porque define los límites de aplicación de la ley; es decir, determina sobre qué territorio y sobre qué personas o instituciones tiene poder esta norma.

Aquí tienes la redacción técnica para el proyecto en Warnes:


ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE).–

La presente Ley es de cumplimiento obligatorio y aplicación preferente en toda la jurisdicción territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Warnes, alcanzando a:

  1. Todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que residan, transiten o desarrollen actividades económicas, sociales, culturales o de cualquier índole dentro del municipio.

  2. Las unidades organizacionales del Órgano Ejecutivo Municipal, incluyendo la Guardia Municipal, Direcciones de Obras Públicas, Alumbrado Público y la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

  3. Las Subalcaldías de los diferentes Distritos Municipales (incluyendo zonas urbanas y comunidades rurales), las cuales deberán coordinar la ejecución de los planes locales de seguridad.

  4. Las organizaciones sociales y juntas vecinales legalmente constituidas, en el marco de la corresponsabilidad ciudadana.

  5. Las instituciones privadas y establecimientos comerciales, los cuales deberán adecuarse a las normativas de seguridad tecnológica establecidas en la presente Ley.


Notas para tu proyecto:

  • ¿Por qué mencionar a las «Personas Jurídicas»? Esto permite que la ley pueda exigir a las empresas del Parque Industrial o a los nuevos condominios que colaboren con cámaras de seguridad o iluminación en sus perímetros.

  • ¿Por qué mencionar las Subalcaldías? Dado que Warnes es un municipio extenso, es vital que la ley obligue a que la seguridad no se quede solo en el centro, sino que llegue a distritos alejados como Satélite Norte o las comunidades rurales.

¿Cuál sería el siguiente paso?

Normalmente, después del Alcance, se redacta el «Artículo 3: Definiciones» (para que todos entiendan qué es «Videovigilancia», «Punto Crítico» o «Alerta Comunitaria») o se pasa directamente al «Capítulo II: De la Tecnología y Vigilancia».

¿Prefieres que definamos términos clave o que entremos de lleno a redactar cómo funcionarán las cámaras y las luces en el municipio?


El Artículo 3 es el «glosario técnico» de tu ley. Su importancia radica en evitar confusiones legales: cuando un juez o un funcionario lea la ley, sabrá exactamente a qué se refiere cada término, evitando interpretaciones ambiguas.

Aquí tienes la redacción para el proyecto en Warnes:


ARTÍCULO 3. (DEFINICIONES).–

Para efectos de la interpretación y aplicación de la presente Ley, se establecen las siguientes definiciones:

  1. Videovigilancia Municipal: Sistema tecnológico de captación, grabación y monitoreo de imágenes y sonidos en espacios públicos, gestionado por el Gobierno Autónomo Municipal de Warnes en coordinación con la Policía Boliviana, destinado a la prevención de delitos y auxilio ciudadano.

  2. Punto Crítico de Inseguridad: Área geográfica dentro del municipio que, según estadísticas policiales o reportes vecinales certificados, presenta una alta incidencia de hechos delictivos, faltas, contravenciones o factores de riesgo (como falta de iluminación o terrenos baldíos).

  3. Alerta Comunitaria: Mecanismo de comunicación inmediata y sonora (alarmas vecinales, aplicaciones móviles o redes de contacto) activado por los ciudadanos organizados ante una situación de riesgo o emergencia, vinculado a una respuesta de la Guardia Municipal o la Policía.

  4. Corresponsabilidad Ciudadana: Obligación y derecho de los estantes y habitantes de Warnes de participar activamente en la formulación, apoyo y control de las políticas de seguridad ciudadana, sin que esto implique sustituir las funciones de las fuerzas del orden.

  5. Iluminación Preventiva: Estándar de alumbrado público de alta intensidad (tecnología LED) diseñado específicamente para eliminar sombras y puntos ciegos en espacios públicos, facilitando el reconocimiento facial y la operatividad de las cámaras de seguridad.

  6. Guardia Municipal de Seguridad: Cuerpo civil dependiente del Ejecutivo Municipal, encargado de la protección de bienes municipales, el control de espacios públicos y el apoyo preventivo en tareas de seguridad ciudadana.


¿Por qué incluimos estas definiciones?

  • Punto Crítico: Esto permite que la Alcaldía de Warnes pueda priorizar legalmente la inversión en un barrio peligroso sobre otro que no tiene esas estadísticas.

  • Iluminación Preventiva: Al definirla como «LED» y «alta intensidad», obligas a que el municipio no instale cualquier tipo de foco barato que no sirva para las cámaras.

  • Corresponsabilidad: Es la base legal para que los vecinos puedan organizarse sin ser acusados de «tomar la justicia por mano propia».

Siguiente paso sugerido:

Ahora que tenemos las bases (Objeto, Alcance y Definiciones), entramos al corazón de la ley: CAPÍTULO II: DE LA IMPLEMENTACIÓN TECNOLÓGICA Y VIGILANCIA. Aquí es donde redactaremos artículos sobre quién paga las cámaras, dónde se instalan y quién tiene acceso a los videos.

¿Te gustaría que redactemos el artículo sobre la instalación de cámaras en puntos estratégicos de Warnes?


Este es un punto clave. Satélite Norte, al ser una de las zonas con mayor densidad poblacional y crecimiento comercial de Warnes, requiere un tratamiento específico para que la ley no sea un saludo a la bandera, sino una herramienta de ejecución inmediata.

Aquí tienes la propuesta para el primer artículo de este capítulo, enfocado en la operatividad:


CAPÍTULO II

DE LA IMPLEMENTACIÓN TECNOLÓGICA Y VIGILANCIA

ARTÍCULO 4. (SISTEMA ESTRATÉGICO DE VIDEOVIGILANCIA EN SATÉLITE NORTE Y DISTRITOS DE ALTO CRECIMIENTO).–

I. Se dispone la creación e implementación del «Anillo de Seguridad Digital Satélite Norte», consistente en la instalación prioritaria de dispositivos de videovigilancia de alta definición con tecnología de visión nocturna y reconocimiento de placas vehiculares (LPR).

II. Puntos Estratégicos: La ubicación de los dispositivos será determinada por la Secretaría Municipal de Seguridad Ciudadana en coordinación con la Policía Boliviana, priorizando de manera obligatoria:

  1. Los ingresos y salidas principales de la ciudadela Satélite Norte.

  2. Zonas de alta afluencia comercial y mercados (Mercado Satélite Norte y zonas aledañas).

  3. Paradas de transporte público intermunicipal y paradas de mototaxis.

  4. Unidades Educativas y centros de salud de primer y segundo nivel.

III. Financiamiento: La adquisición, instalación y mantenimiento de estos sistemas será financiado mediante:

  1. Recursos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) destinados a Seguridad Ciudadana.

  2. Alianzas Estratégicas Público-Privadas con las asociaciones de comerciantes y empresas del sector, quienes podrán deducir aportes según reglamentación específica.

IV. Acceso y Custodia de Imágenes: 1. La administración técnica del sistema estará a cargo del Gobierno Autónomo Municipal de Warnes.

2. El acceso a las imágenes en tiempo real y grabaciones será de uso exclusivo de la Policía Boliviana (Centro de Monitoreo) y el Ministerio Público, bajo estrictos protocolos de confidencialidad y respeto a la privacidad, quedando prohibida su difusión pública sin orden judicial.


¿Qué logramos con este artículo?

  • Priorización Legal: Al mencionar específicamente a Satélite Norte, obligas al municipio a asignar presupuesto directo a esta zona, que muchas veces se siente olvidada por el centro administrativo de Warnes.

  • Transparencia en el dinero: Define claramente que el dinero sale del IDH, evitando que se use para otros fines.

  • Seguridad de datos: Al establecer que solo la Policía y la Fiscalía ven los videos, proteges a los vecinos de un mal uso de su privacidad.

Siguiente paso sugerido:

Para que estas cámaras funcionen bien de noche, el siguiente artículo debería ser sobre el «Alumbrado Público Preventivo».

¿Deseas que redactemos el artículo que obliga al municipio a cambiar las luminarias a LED en los mismos puntos donde se instalen las cámaras?


Este es un paso fundamental, ya que una cámara de seguridad en la oscuridad es prácticamente inútil para la identificación de rostros o placas. En la normativa legislativa, esto se llama «concurrencia de servicios».

Aquí tienes la redacción del artículo para asegurar que la inversión en tecnología no se pierda por falta de luz:


ARTÍCULO 5. (ALUMBRADO PÚBLICO PREVENTIVO Y CONCURRENTE).–

I. Se establece la obligatoriedad de la concurrencia técnica entre el Sistema de Videovigilancia y el Sistema de Alumbrado Público. En todo punto estratégico donde se instale una cámara de seguridad según lo dispuesto en el Artículo 4, el Gobierno Autónomo Municipal de Warnes, a través de la unidad de Alumbrado Público, deberá garantizar la instalación o sustitución inmediata de luminarias por tecnología LED de alta intensidad y luz blanca.

II. Estándares Técnicos: Las luminarias instaladas en estos puntos deben cumplir con niveles de iluminancia suficientes para permitir la captura de imágenes nítidas a color durante las horas de oscuridad, eliminando zonas de sombra en un radio no menor a cincuenta (50) metros alrededor del dispositivo de vigilancia.

III. Mantenimiento Prioritario: Las luminarias situadas en las rutas de vigilancia de Satélite Norte y el centro de Warnes serán consideradas «Activos de Seguridad Crítica», debiendo ser reparadas o sustituidas en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas tras el reporte de falla.

IV. Prohibición de Obstáculos: Se prohíbe la colocación de vallas publicitarias, señalética urbana o cualquier elemento que obstruya el haz de luz o el ángulo de visión de la cámara en los puntos del sistema integral.


¿Por qué este artículo es un «candado» de seguridad?

  1. Garantía de nitidez: Al especificar «luz blanca», aseguras que las cámaras de Satélite Norte puedan distinguir colores de ropa o vehículos de noche, algo que la luz amarilla vieja no permite.

  2. Plazo de reparación: Al poner un límite de 48 horas, le das al vecino una herramienta legal para reclamar si el barrio se queda a oscuras y el municipio no actúa.

  3. Coordinación interna: Obliga a que la oficina de «Seguridad Ciudadana» y la de «Alumbrado Público» de la Alcaldía de Warnes trabajen juntas de forma obligatoria.


¿Cómo continuar?

Ya tenemos la tecnología (cámaras) y la infraestructura (luces). Para que el proyecto sea completo, falta el componente humano. El siguiente capítulo debería ser el CAPÍTULO III: DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y EL CONTROL SOCIAL, donde redactaríamos el artículo sobre las «Alarmas Comunitarias y Brigadas Vecinales».

¿Te gustaría que redactemos cómo los vecinos de Warnes pueden activar alarmas desde su celular y coordinar con la Guardia Municipal?


Este capítulo es el que le da «sentido de comunidad» a la ley. En Warnes, y especialmente en zonas de rápido crecimiento, la policía no siempre puede estar en cada esquina, por lo que la organización vecinal legalizada es la mejor herramienta de prevención.

Aquí tienes la redacción del Capítulo III:


CAPÍTULO III

DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y EL CONTROL SOCIAL

ARTÍCULO 6. (SISTEMA INTEGRAL DE ALARMAS COMUNITARIAS Y ALERTAS DIGITALES).–

I. Se autoriza al Órgano Ejecutivo Municipal la adquisición y dotación de Sistemas de Alarmas Comunitarias Inteligentes a las Juntas Vecinales de los distritos de Warnes que cumplan con los requisitos de organización y personería jurídica vigentes.

II. Funcionalidad: Las alarmas comunitarias deberán contar con:

  1. Sirenas de alto impacto sonoro y luces estroboscópicas.

  2. Módulo de activación dual: mediante controles remotos físicos y aplicaciones para dispositivos móviles (Apps) con geolocalización.

  3. Conexión directa (interfaz) con el Centro de Monitoreo de la Guardia Municipal y la Policía Boliviana para una respuesta inmediata.

III. Financiamiento y Contraparte: El municipio cubrirá el costo del equipo y la instalación. Los beneficiarios (vecinos), a través de sus Juntas Vecinales, asumirán el costo de la energía eléctrica y el cuidado del equipo, garantizando su buen uso.

ARTÍCULO 7. (DE LAS BRIGADAS VECINALES DE SEGURIDAD – BVS).–

I. Se reconoce a las Brigadas Vecinales de Seguridad (BVS) como organizaciones ciudadanas de carácter preventivo, voluntario y comunitario, encargadas de coadyuvar con la seguridad de su zona sin portar armas de fuego ni realizar arrestos por cuenta propia.

II. Capacitación: El Gobierno Autónomo Municipal de Warnes, en coordinación con la Policía Boliviana (FELCC, FELCV y Tránsito), deberá impartir programas trimestrales de capacitación a los brigadistas en:

  1. Primeros auxilios y gestión de riesgos.

  2. Prevención de violencia intrafamiliar y protección de la niñez.

  3. Protocolos de comunicación y alerta temprana.

III. Equipamiento de Identificación: El municipio dotará anualmente a las Brigadas reconocidas de chalecos reflectivos, linternas de alta potencia y handies (radios de comunicación) para patrullajes preventivos disuasivos en horarios críticos.


¿Por qué estos artículos son innovadores para Warnes?

  • Geolocalización: Al incluir que las alarmas se activan por App, permites que si un vecino ve algo sospechoso desde su ventana en Satélite Norte, la policía sepa exactamente en qué casa se activó la emergencia.

  • Capacitación Obligatoria: Evita que los vecinos se expongan a peligros innecesarios, enseñándoles que su rol es observar e informar, no enfrentarse al delincuente.

  • Reconocimiento Oficial: Al estar en la ley, los brigadistas ya no son «civiles sueltos», sino aliados formales del municipio con protección legal.


Siguiente Paso Sugerido:

Todo proyecto de ley necesita un cierre para ser efectivo. El último paso serían las DISPOSICIONES TRANSITORIAS, que establecen un plazo (ej. 90 días) para que el Alcalde compre las cámaras y las alarmas una vez aprobada la ley.

¿Te gustaría que redactemos la Disposición Transitoria que pone fecha límite para la ejecución de este plan de seguridad?


Las Disposiciones Transitorias son las que garantizan que la ley no se quede guardada en un cajón. Establecen «fechas fatales» y responsabilidades específicas para que el Alcalde de Warnes y sus secretarios comiencen a trabajar de inmediato.

Aquí tienes la redacción para cerrar con fuerza tu proyecto de ley:


DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA (Reglamentación).–

El Órgano Ejecutivo Municipal de Warnes deberá elaborar y aprobar el Reglamento General de la presente Ley en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario a partir de su promulgación. Dicho reglamento deberá especificar los protocolos técnicos de uso de cámaras y los requisitos para la entrega de alarmas vecinales.

SEGUNDA (Cronograma de Implementación en Satélite Norte).–

Se establece un plazo máximo de noventa (90) días calendario a partir de la vigencia de la presente Ley para el inicio de la licitación y adquisición del primer lote de cámaras de videovigilancia y luminarias LED destinadas al «Anillo de Seguridad Digital Satélite Norte» y puntos estratégicos de los distritos urbanos.

TERCERA (Adecuación Presupuestaria).–

Se autoriza a la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas realizar las modificaciones presupuestarias necesarias dentro del Plan Operativo Anual (POA) vigente, reasignando saldos no ejecutados y recursos del IDH Seguridad Ciudadana para dar cumplimiento inmediato a lo establecido en esta norma.

CUARTA (Censo de Brigadas Vecinales).–

En un plazo de sesenta (60) días, la Dirección de Seguridad Ciudadana deberá realizar un censo y registro oficial de todas las juntas vecinales y brigadas existentes en Warnes y Satélite Norte para iniciar los ciclos de capacitación técnica y dotación de equipos de identificación.


Conclusión del Proyecto de Ley

Con estas disposiciones, has creado una ruta crítica:

  1. Mes 1.5: Las reglas del juego están listas (Reglamento).

  2. Mes 2: Los vecinos están registrados (Censo).

  3. Mes 3: El dinero se está gastando en las cámaras y luces (Licitación).

¿Qué puedes hacer ahora con este documento?

Este proyecto de ley está ahora completo desde el punto de vista estructural (Exposición de Motivos + 3 Capítulos + Disposiciones). Para que tenga éxito en el Concejo Municipal de Warnes, te sugiero:

  1. Imprimirlo y buscar firmas: Si consigues firmas de los presidentes de juntas vecinales de Satélite Norte, tendrá un peso político imparable.

  2. Pedir Audiencia Pública: Solicita mediante carta una audiencia en el Concejo para exponer estos motivos.

  3. Hacerlo público: Comparte el borrador con la prensa local de Warnes para que la ciudadanía presione por su aprobación.

¿Te gustaría que te ayude a redactar la «Carta de Presentación» dirigida al Presidente del Concejo Municipal de Warnes para entregar este proyecto formalmente?


Esta carta es el «pasaporte» de tu proyecto. Debe ser respetuosa, formal y dejar claro que estás ejerciendo tu derecho constitucional a la participación ciudadana.

Aquí tienes el borrador listo para completar con tus datos y presentar en la Ventanilla Única del Concejo Municipal.


Warnes, [Día] de [Mes] de 2026

Señor:

Presidente del Concejo Municipal de Warnes

Presente.

REF.: PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE LEY MUNICIPAL: «PLAN INTEGRAL DE VIGILANCIA VECINAL Y TECNOLÓGICA PARA EL MUNICIPIO DE WARNES»

De mi mayor consideración:

Quien suscribe, [Tu Nombre Completo], con C.I. [Tu número de carnet], en mi condición de ciudadano del municipio de Warnes (y/o en representación de la zona [Tu zona/barrio, ej. Satélite Norte]), tengo a bien dirigirme a su autoridad y, por su intermedio, al Pleno del Concejo Municipal, para exponer lo siguiente:

Haciendo uso de mi derecho a la Iniciativa Legislativa Ciudadana, reconocido en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 482 de Gobiernos Autónomos Municipales y la normativa vigente de Participación y Control Social, hago entrega formal del Proyecto de Ley Municipal de Seguridad Ciudadana.

Este proyecto ha sido elaborado como respuesta a la creciente preocupación de los vecinos de Warnes y Satélite Norte ante la inseguridad. La propuesta técnica busca modernizar nuestra vigilancia mediante:

  1. La creación de un Anillo de Seguridad Digital con cámaras de alta tecnología.

  2. La obligatoriedad de Luminarias LED en puntos críticos.

  3. El fortalecimiento legal de las Brigadas Vecinales y alarmas comunitarias.

Adjunto al presente el documento que contiene la Exposición de Motivos y el Cuerpo Normativo (Capítulos y Artículos), con la convicción de que esta instancia legislativa sabrá priorizar el bienestar y la tranquilidad de las familias warneñas.

Sin otro particular, y solicitando se me informe sobre el número de hoja de ruta asignado para el seguimiento respectivo, saludo a usted con las consideraciones más distinguidas.

Atentamente,

(Firma)

[Tu Nombre Completo]

[Tu Número de Teléfono/Celular]

[Tu Dirección de Domicilio]


Pasos finales para la entrega:

  1. Copias: Lleva al menos tres ejemplares originales (uno para el Concejo, uno para el Alcalde y uno para ti, que será tu «cargo» o comprobante de recibido).

  2. Sello de Recepción: Asegúrate de que en tu copia te pongan el sello con la fecha y hora de recepción.

  3. Anexos (Opcional pero recomendado): Si tienes firmas de vecinos que apoyan la idea, adjúntalas detrás de la carta indicando: «Se adjuntan [Número] firmas de respaldo de ciudadanos estantes y habitantes del Distrito [Número]».


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