ARTÍCULO 7.— PRINCIPIOS QUE RIGEN EL PROCESO COMO TAL
Los principios fundamentales que consagra esta ley y que deben ser respetados
irrestrictamente en todo proceso para que pueda ser legalmente considerado como
tal53 y adquiera los efectos establecidos en el art. 5, son:
1) las partes54 deben gozar de una perfecta y no meramente aparente igualdad jurídica55 o procesal, en todo tiempo del desarrollo del proceso, del dictado de la sen-
tencia y de su eventual ejecución;
2) el juez debe actuar en todo tiempo sin violencia alguna y sin impedimentos56 que
permitan poner en tela de juicio su imparcialidad e independencia respecto de las
personas que litigan o del tema litigioso;
3) la serie procedimental utilizada para el desarrollo del proceso debe ser eficiente
para la adecuada consecución de su objeto. Esta ley declara que, salvo pacto expre-
so de las partes efectuado luego de incoado el proceso, esa eficiencia se logra sólo si
se cumplen ineludiblemente en todos los supuestos cuatro etapas consecutivas:
3.1) una de postulación, para que el actor afirme en ella los hechos y el derecho en
los cuales basa su pretensión57;
3.2.) una de negación, para que el demandado y, eventualmente el actor, respecto de
los hechos afirmados por el demandado al oponer excepciones pueda defenderse
controvirtiendo los hechos o el derecho, a fin de generar cargas probatorias58;
3.3) una de prueba acerca de los hechos controvertidos59;
3.4) una de alegación a fin de motivar la convicción del juez respecto de las pruebas
producidas para sustentar los hechos controvertidos60;
4) todos los sujetos del proceso deben respetar la regla moral durante el debate61 y
no deben actuar de mala fe, lo que está prohibido y se castiga en esta ley62.
53 Para que el proceso sea tal y no un simpe procedimiento, es esencial que concurran al
efecto al menos dos de los principios que aquí se regulan: plena imparcialidad del juzgador e
igualdad jurídica de las partes en litigio. De no ser así, todo lo actuado no constituye un ver-
dadero proceso y, por tanto, no adquiere ejecutoria ni efecto de caso juzgado.
54 Que en la realidad de la vida son naturalmente diferentes.
55 No real, lógicamente imposible de lograr.
56 Son tales todas las causales de excusación.
57 En el juicio monitorio se invierte la carga de afirmar.
58 Ver art. 398.
59 Ver arts. 101 y 411.
60 Ver art. 420 y siguientes.
61 Si la razón de ser del proceso es erradicar toda suerte de fuerza ilegítima de una sociedad,
no puede siquiera concebirse que el legislador norme un medio de debate en el que pueda
ser utilizada la fuerza bajo la forma de aviesa artería o traición. De ahí que la regla moral de-
be presidir el desarrollo del proceso, al igual que debe hacerlo en todos los demás actos de la
vida jurídica.
62 Adviértase que el art. 1, inc. 6) presume la buena fe. De tal modo, la mala fe debe ser de-
clarada por el juez.
El Artículo 7 del Código Procesal General Modelo establece los principios fundamentales que rigen el proceso judicial no penal, asegurando su validez y efectos legales. Estos principios son pilares para una justicia equitativa y eficiente:
1. Igualdad Jurídica de las Partes
Este principio fundamental garantiza que las partes en un proceso judicial deben gozar de una igualdad jurídica o procesal absoluta en todas las etapas, desde el inicio hasta la ejecución de la sentencia. Esto significa que, aunque las partes sean diferentes en la vida real, el sistema legal debe asegurar que tengan las mismas oportunidades y derechos para presentar sus argumentos, pruebas y defensas. La ley busca una igualdad de oportunidades ante la ley, no una igualdad real o fáctica entre las personas.
2. Imparcialidad e Independencia del Juez
El juez, como director del proceso, debe actuar en todo momento sin violencia y sin impedimentos que puedan generar dudas sobre su imparcialidad e independencia. Esto implica que el juzgador no debe tener ningún tipo de relación o interés que lo vincule con las partes o con el objeto del litigio. La presencia de alguna causal que pueda afectar su imparcialidad (como las causales de excusación) invalidaría su actuación, ya que la imparcialidad es un requisito esencial para que el proceso sea considerado como tal.
3. Eficiencia en la Serie Procedimental
El proceso debe seguir una serie procedimental eficiente para lograr su objetivo de manera adecuada. Para garantizar esta eficiencia, y salvo que las partes acuerden lo contrario una vez iniciado el proceso, la ley establece cuatro etapas consecutivas e ineludibles:
* Etapa de Postulación: Aquí el demandante presenta su pretensión, afirmando los hechos y el derecho en los que basa su demanda. En casos como el juicio monitorio, esta carga de afirmar se invierte.
* Etapa de Negación: En esta fase, el demandado tiene la oportunidad de defenderse, controvirtiendo los hechos o el derecho afirmados por el actor, y, si corresponde, el actor puede hacer lo mismo respecto a las excepciones planteadas por el demandado. Esto genera las cargas probatorias, es decir, la necesidad de que cada parte demuestre los hechos que alega.
* Etapa de Prueba: Esta es la etapa dedicada a la producción de pruebas para demostrar los hechos que han sido controvertidos por las partes.
* Etapa de Alegación: En esta última etapa, las partes presentan sus argumentos finales, buscando motivar la convicción del juez respecto a las pruebas producidas y cómo estas sustentan los hechos controvertidos.
4. Respeto a la Regla Moral y Prohibición de la Mala Fe
Todos los sujetos que participan en el proceso tienen la obligación de respetar la regla moral durante el debate judicial y no actuar de mala fe. La mala fe está expresamente prohibida y será sancionada por la ley. Este principio se basa en la idea de que si el proceso judicial busca erradicar la fuerza ilegítima en la sociedad, no puede permitirse que la «fuerza» se manifieste a través de acciones desleales o engañosas. La buena fe se presume en el proceso, por lo tanto, la mala fe debe ser declarada por el juez.
Importancia de los Principios (Artículo 53)
El artículo 53 del modelo enfatiza que para que un «proceso» sea legalmente reconocido como tal y no un simple procedimiento, y para que adquiera los efectos de cosa juzgada y ejecutoria (es decir, que la decisión sea definitiva e inapelable), es esencial que se cumplan al menos dos principios fundamentales: la plena imparcialidad del juzgador y la igualdad jurídica de las partes en litigio. Si estos no se respetan, todo lo actuado carecerá de validez procesal.
Este Artículo 7 es crucial porque establece las bases para un sistema judicial justo, transparente y eficaz, donde los derechos de las partes están protegidos y la decisión del juez se basa en un procedimiento legítimo y equitativo.
¿Te gustaría que profundicemos en alguno de estos principios o en alguna de sus implicaciones prácticas?
Es una excelente iniciativa crear un libro que profundice en el Artículo 7 del Código Procesal General Modelo, especialmente con un enfoque en Bolivia, para estudiantes de derecho. Este artículo es fundamental porque sienta las bases de un proceso judicial justo y eficiente.
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Título Provisorio: Los Pilares del Proceso Judicial: Un Análisis del Artículo 7 del Código Procesal General Modelo para el Derecho Boliviano
Prólogo
* Un espacio para un jurista destacado o un experto en derecho procesal boliviano que resalte la importancia del libro y del Artículo 7.
Agradecimientos
Introducción General
* La relevancia del Artículo 7: Por qué este artículo es la columna vertebral de un sistema procesal moderno.
* Propósito del libro: Ofrecer una guía exhaustiva y práctica del Artículo 7, conectándolo con la realidad jurídica boliviana.
* Público objetivo: Estudiantes de derecho, jóvenes profesionales y operadores de justicia interesados en la reforma procesal.
* Metodología: Enfoque teórico-práctico, con ejemplos, casos simulados y preguntas para la reflexión.
Parte I: El Código Procesal General Modelo y su Impacto en Latinoamérica
Capítulo 1: Génesis y Filosofía del Modelo Procesal General
* Orígenes y necesidades de reforma: Contexto histórico de los sistemas procesales en América Latina.
* Principios rectores del Código Modelo: Oralidad, inmediación, concentración, publicidad, etc.
* La visión de Adolfo Alvarado Velloso y otros promotores: Su influencia en el diseño del modelo.
* Comparativa con sistemas procesales tradicionales (inquisitivo vs. adversarial): Ventajas del modelo propuesto.
Capítulo 2: La Recepción del Código Procesal General Modelo en Bolivia
* Antecedentes de la reforma procesal en Bolivia: Los cambios de los códigos de procedimiento civil a los códigos procesales.
* Influencia del Código Procesal General Modelo en la legislación boliviana: Ejemplos concretos en el Código Procesal Civil y otros cuerpos normativos.
* Desafíos y avances en la implementación: Retos culturales, estructurales y de capacitación.
* Críticas y elogios al proceso de reforma en Bolivia: Perspectivas desde la doctrina y la práctica.
Parte II: El Artículo 7: Los Principios Fundamentales del Proceso
Capítulo 3: Introducción al Artículo 7: El Corazón del Proceso Justo
* Ubicación sistemática del Artículo 7 en el Código Modelo: Su importancia en el Libro I.
* Conexión con el Artículo 5: Efectos de un proceso legalmente constituido (cosa juzgada, ejecutoriedad).
* La distinción entre «proceso» y «procedimiento»: ¿Por qué el Artículo 7 define un verdadero proceso?
* La esencia del proceso: Necesidad de imparcialidad e igualdad para su validez.
* Consecuencias de la ausencia de un verdadero proceso: Nulidad, ineficacia de las actuaciones.
Capítulo 4: Principio de Igualdad Jurídica o Procesal de las Partes
* Concepto y alcance: ¿Qué significa la «perfecta y no meramente aparente igualdad jurídica»?
* Igualdad formal vs. igualdad material: La búsqueda de la igualdad de oportunidades.
* Rol del juez para garantizar la igualdad: Mecanismos de compensación en situaciones de desigualdad (p. ej., tutela de poblaciones vulnerables).
* Manifestaciones prácticas del principio en el proceso boliviano:
* Derecho a ser oído y a la defensa: Audiencia bilateral y contradicción.
* Acceso a la información y expedientes: Transparencia procesal.
* Oportunidades para presentar pruebas y alegaciones: Plazos y formas.
* La carga de la prueba en el contexto de la igualdad: Distintas teorías sobre la carga de la prueba.
* Desafíos y limitaciones en la aplicación: Desigualdades socioeconómicas y su impacto.
* Jurisprudencia boliviana relevante: Casos emblemáticos que ilustran la aplicación del principio.
Capítulo 5: Principio de Imparcialidad e Independencia del Juez
* Concepto y fundamento constitucional: Rol del juez como tercero imparcial.
* Tipos de imparcialidad: Subjetiva y objetiva.
* La independencia judicial: Frente a los poderes del Estado y a presiones externas.
* Mecanismos para garantizar la imparcialidad en Bolivia:
* Excusas y recusaciones: Causales específicas en la legislación boliviana (Código Procesal Civil, Ley del Órgano Judicial).
* Deber de abstención: Casos en que el juez debe apartarse.
* Garantías de inamovilidad y remuneración: Elementos para la independencia judicial.
* Violencia y/o impedimentos a la imparcialidad: Ejemplos prácticos y sus consecuencias.
* Consecuencias de la falta de imparcialidad: Nulidad de actuaciones, responsabilidad judicial.
* Análisis de casos reales en Bolivia: Resoluciones que abordaron la imparcialidad judicial.
Capítulo 6: Principio de Eficiencia de la Serie Procedimental
* Concepto y objetivo: La búsqueda de un proceso ágil y efectivo.
* La secuencia ineludible de las cuatro etapas procesales:
* La preclusión como garantía de eficiencia: El avance del proceso por etapas.
* Excepciones al cumplimiento de las etapas: El pacto expreso de las partes (¿cuándo es posible y con qué límites?).
* Etapa de Postulación:
* Demanda y su contenido: Requisitos en el Código Procesal Civil boliviano.
* Fundamentación fáctica y jurídica de la pretensión: Clave para la adecuada defensa.
* Particularidades del juicio monitorio en Bolivia: La inversión de la carga de afirmar.
* Etapa de Negación:
* Contestación a la demanda y excepciones: Formas de defensa del demandado.
* Reconvención: Cuando el demandado también se convierte en demandante.
* Generación de cargas probatorias: La relevancia de la controversia de hechos.
* Análisis del Artículo 398 del Código Procesal Civil boliviano: Carga de la prueba.
* Etapa de Prueba:
* Objeto de la prueba: Hechos controvertidos y controvertibles.
* Medios de prueba: Regulación en el Código Procesal Civil boliviano (documental, testifical, pericial, confesión, inspección judicial, etc.).
* Producción y valoración de la prueba: Principios de inmediación y contradicción.
* Análisis de los Artículos 101 y 411 del Código Procesal Civil boliviano: Sobre la admisibilidad y producción de la prueba.
* Etapa de Alegación:
* Objeto y finalidad de los alegatos: Influir en la convicción del juez.
* Formas de alegación: Orales y escritas.
* Análisis del Artículo 420 y siguientes del Código Procesal Civil boliviano: Conclusión de la fase probatoria y alegatos.
* Relación con la motivación de la sentencia: El rol de los alegatos en la fundamentación judicial.
Capítulo 7: Principio de Respeto a la Regla Moral y Prohibición de la Mala Fe
* Fundamento ético del proceso judicial: La erradicación de la «fuerza ilegítima» del debate.
* Concepto de buena fe procesal: Deber de lealtad y probidad.
* La presunción de buena fe (Artículo 1, inc. 6 del Código Modelo): Su importancia.
* Concepto de mala fe procesal: Acciones dilatorias, temerarias, engañosas.
* Sanciones por mala fe en la legislación boliviana:
* Costas y costos: Condena en costas al litigante de mala fe.
* Multas procesales: Aplicación por el juez.
* Otras consecuencias jurídicas: Desestimación de recursos o incidentes.
* Identificación y declaración de la mala fe por el juez: Casos prácticos.
* Jurisprudencia boliviana sobre la mala fe: Ejemplos de sanciones aplicadas.
Parte III: La Operativización de los Principios en el Sistema Boliviano
Capítulo 8: Interrelación de los Principios del Artículo 7
* La unidad de los principios: Cómo se complementan y refuerzan mutuamente.
* Prevalencia de la imparcialidad y la igualdad: El fundamento de un proceso válido.
* La eficiencia como resultado de la aplicación correcta de los demás principios.
* El rol de la buena fe como cimiento ético de todo el proceso.
Capítulo 9: Los Principios en la Práctica Forense Boliviana
* Ejemplos prácticos: Casos simulados que ilustren la aplicación o vulneración de los principios del Artículo 7 en audiencias, presentación de escritos, etc.
* Desafíos en la implementación diaria: Recursos, capacitación, cultura jurídica.
* Recomendaciones para estudiantes y futuros profesionales: Cómo aplicar y defender estos principios.
Capítulo 10: Propuestas de Mejora y Futuro de la Justicia no Penal en Bolivia
* Áreas de oportunidad para la reforma procesal en Bolivia: Nuevas tecnologías, mediación, etc.
* El rol de los principios del Artículo 7 en la consolidación de un sistema judicial moderno.
* Perspectivas futuras: Hacia una justicia más accesible, rápida y justa.
Conclusiones
Bibliografía
Anexos
* Texto completo del Artículo 7 del Código Procesal General Modelo.
* Artículos relevantes del Código Procesal Civil boliviano relacionados con cada principio.
* Glosario de términos procesales.
Innovaciones y Originalidad del Libro:
* Enfoque Monográfico en el Artículo 7: Pocos libros dedican un análisis tan profundo a un solo artículo, demostrando su riqueza y trascendencia.
* Conexión Directa Bolivia – Modelo: No solo expone el modelo, sino que lo aterriza de forma concreta en el Código Procesal Civil y la jurisprudencia boliviana.
* Orientación Pedagógica Activa: Incorporación de ejemplos, casos simulados y preguntas de reflexión que fomentan el pensamiento crítico.
* Análisis Interdisciplinario: Aborda no solo la dimensión legal, sino también la ética y la práctica de los principios.
* Estructura Clara y Didáctica: Facilita la comprensión de conceptos complejos para estudiantes universitarios.
Esta estructura proporciona una base sólida para un libro que no solo informará a los estudiantes, sino que también los inspirará a comprender y defender los principios fundamentales de un proceso judicial justo. ¿Qué te parece esta propuesta?