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Artículo 6

ARTÍCULO 6.— PRINCIPIO DE LEGALIDAD PROCESAL
Esta ley asegura a todo justiciable que el juez actuante:
1) durante el desarrollo del proceso, aplicará estrictamente y bajo pena de nulidad
el procedimiento determinado al efecto en esta ley. Sin perjuicio de ello, cuando el
tema en discusión es transigible, las partes pueden pactar la extensión de todo plazo
aquí establecido y la supresión de alguna de las fases de la serie procedimental que
se describe en el art. 7, inc. 3)48;
2) en la emisión de la sentencia, y también bajo pena de nulidad, aplicará coherentemente al caso en litigio el sistema jurídico vigente, conforme al siguiente orden de

prelación49:

2.1) la Constitución nacional y los pactos internacionales vigentes en el país;

2.2) las leyes sustantivas, según su orden de prelación;

2.3) las disposiciones de carácter municipal, siempre que sean ley en sentido formal;

2.4) las acordadas del Superior Tribunal de Justicia y, en su caso, de los órganos

competentes al efecto;

3) durante la ejecución de la sentencia, procederá de la manera más expedita posi-

ble, empleando la exacta fuerza necesaria al caso y no más que ella50, y procurando

mantener la paz social de la mejor forma posible;

4) en todo tiempo:

4.1) respetará y hará respetar el principio de seguridad jurídica, que exige evitar la

simple posibilidad de coexistencia de dos sentencias contradictorias por fallar en

forma diferente dos pretensiones idénticas51. A este efecto, debe actuar conforme lo

dispuesto en los arts. 31 y 351;

4.2) permitirá que las partes acumulen voluntariamente pretensiones conexas subjetiva y objetivamente52

48 Esto parece ser absolutamente razonable, maguer que nunca se haya reconocido en ley
anterior basada en ideología autoritaria. Adviértase que si las partes pueden transigir acerca
del derecho litigioso –que es lo más en la controversia existente entre ellas– resulta obvio que
también puedan transigir acerca de cómo discutir acerca de lo que discuten –que es lo menos
con relación a lo antes señalado–.

49 El orden de prelación en la aplicación de las leyes es materia constitucional. No obstante,

y asumido ello, se repite en esta ley con criterio legislativo docente y, además, porque se

agregan los supuestos normados en los incs. 2.3) y 2.4), ajenos a la normativa constitucional.

50 Fuerza necesaria es la adecuada al caso, la que no debe ser excedida en momento alguno.

51 Del principio de seguridad se sigue que no puede admitirse la existencia contemporánea o

sucesiva de dos litigios con la misma exacta pretensión y que no pueden emitirse decisiones

diferentes acerca de una misma exacta pretensión o de pretensiones antagónicas. A este

efecto, no interesa el eventual apartamiento de las reglas de economía y celeridad, pues so-

bre ellas debe privar la seguridad jurídica.

52 De los principios de economía y celeridad se extrae la conveniencia de tramitar simultánea-

mente diversas pretensiones, sin interesar al efecto el principio de seguridad, ya que no es

rozado por éstos.


El Artículo 6 del Código Procesal General Modelo se centra en el Principio de Legalidad Procesal, una piedra angular para garantizar un proceso judicial justo y predecible en el ámbito no penal. Este artículo detalla cómo el juez debe actuar en diferentes etapas del proceso, siempre bajo el amparo de la ley y con el objetivo de asegurar la seguridad jurídica y la eficacia.

El Juez y la Aplicación de la Ley en el Proceso

El artículo establece directrices claras para el juez durante todo el proceso judicial:

* Aplicación Estricta del Procedimiento (Inciso 1): El juez debe aplicar estrictamente el procedimiento establecido en la ley. Si no lo hace, la actuación puede ser nula. Sin embargo, en temas que sean transigibles (donde las partes pueden llegar a un acuerdo), las partes tienen la flexibilidad de pactar la extensión de plazos o incluso suprimir fases del procedimiento. Esto reconoce la autonomía de la voluntad de las partes cuando el objeto del litigio lo permite.

* Orden de Prelación en la Sentencia (Inciso 2): Al momento de dictar sentencia, el juez está obligado a aplicar el sistema jurídico vigente de manera coherente, siguiendo un estricto orden de prelación. Esto también es bajo pena de nulidad. El orden es el siguiente:

* 2.1) La Constitución nacional y los pactos internacionales vigentes en el país: Son la máxima autoridad normativa.

* 2.2) Las leyes sustantivas, según su orden de prelación: Se refiere a las leyes que regulan el fondo del asunto (por ejemplo, el Código Civil, el Código de Comercio).

* 2.3) Las disposiciones de carácter municipal, siempre que sean ley en sentido formal: Normas locales que tienen rango de ley.

* 2.4) Las acordadas del Superior Tribunal de Justicia y, en su caso, de los órganos competentes al efecto: Decisiones o reglamentos internos de los tribunales superiores que establecen pautas para la aplicación del derecho.

* Ejecución de la Sentencia (Inciso 3): Durante la fase de ejecución de la sentencia, el juez debe actuar de la manera más expedita posible. Esto significa con la mayor celeridad y eficacia. Además, debe emplear la fuerza estrictamente necesaria, sin excederse, y buscando siempre mantener la paz social.

* Principios Constantes (Inciso 4): En todo momento del proceso, el juez debe:

* 4.1) Respetar y hacer respetar el principio de seguridad jurídica: Esto es crucial para evitar que existan dos sentencias contradictorias sobre el mismo tema, lo que afectaría la confianza en el sistema judicial. Para lograr esto, el juez debe actuar conforme a lo dispuesto en los artículos 31 y 351, que presumiblemente abordan temas de cosa juzgada o litispendencia para evitar duplicidades o decisiones inconsistentes.

* 4.2) Permitir la acumulación voluntaria de pretensiones conexas: Si las pretensiones de las partes están relacionadas (subjetiva u objetivamente), el juez debe permitir que se tramiten juntas, lo que contribuye a la economía procesal y la celeridad, sin afectar la seguridad jurídica.

Consideraciones Adicionales

Las notas al pie de página (48, 49, 50, 51, 52) complementan la comprensión del artículo, aportando valiosa información sobre la justificación y el alcance de cada punto:

* Flexibilidad de las Partes (Nota 48): La nota 48 enfatiza que, si las partes pueden transigir sobre el derecho en disputa (que es lo más importante), es lógico que también puedan acordar sobre cómo discutir ese derecho (lo menos importante). Esto subraya la autonomía de la voluntad en los asuntos transigibles.

* Orden de Prelación (Nota 49): La nota 49 aclara que si bien el orden de prelación de las leyes es una materia constitucional, este código lo repite con un «criterio legislativo docente» y para incluir aspectos específicos como las disposiciones municipales y las acordadas, que no siempre están explícitamente en el orden constitucional.

* Fuerza Necesaria (Nota 50): Define la «fuerza necesaria» como aquella que es «adecuada al caso» y que «no debe ser excedida en momento alguno», reforzando la mesura en la ejecución.

* Seguridad Jurídica (Nota 51): La nota 51 recalca la importancia de la seguridad jurídica por encima de la economía y la celeridad, enfatizando que no se puede admitir la coexistencia de litigios con la misma pretensión o decisiones diferentes sobre pretensiones idénticas o antagónicas.

* Economía y Celeridad (Nota 52): Finalmente, la nota 52 justifica la acumulación de pretensiones como una medida de economía y celeridad procesal, señalando que esta práctica no afecta el principio de seguridad jurídica.

Este artículo 6 sienta las bases para un sistema judicial no penal que busca ser predecible, justo y eficiente, equilibrando la aplicación rigurosa de la ley con la flexibilidad necesaria para resolver los conflictos de manera efectiva y pacífica.

¿Tienes alguna pregunta adicional sobre el Principio de Legalidad Procesal o alguno de sus incisos?


Claro, aquí te presento una estructura completa para un libro jurídico inédito, innovador y original, dirigido a estudiantes universitarios de Derecho en Bolivia, basado en el Artículo 6 del Libro I del Código Procesal General Modelo. Este enfoque permitirá analizar en profundidad el principio de legalidad procesal y su impacto en el sistema jurídico boliviano.

Título del Libro: Principio de Legalidad Procesal: Garantía y Flexibilidad en la Justicia Boliviana

Autor: [Tu Nombre/Nombre del Equipo de Investigación]

Edición: Primera Edición

Año: [Año Actual]

Editorial: [Editorial Universitaria/Jurídica Sugerida]

Dedicatoria

(Espacio para una dedicatoria personal o a la comunidad jurídica boliviana)

Agradecimientos

(Espacio para reconocer a quienes contribuyeron al libro)

Prólogo

(Escrito por un jurista destacado o docente universitario boliviano, resaltando la importancia del libro y su enfoque innovador)

Introducción

(Sección donde se presenta el problema, la relevancia del Artículo 6 del Código Procesal General Modelo, la metodología del libro y el público objetivo. Se explica por qué es «innovador y original» al aplicarlo al contexto boliviano y su relación con los principios procesales modernos).

Parte I: Fundamentos del Proceso Judicial y la Legalidad Procesal

Sección I: El Proceso Judicial como Garantía Constitucional

Capítulo 1: Nociones Fundamentales del Derecho Procesal

* 1.1. Concepto y Naturaleza del Derecho Procesal:

* 1.1.1. Derecho Procesal Civil y no Penal en Bolivia.

* 1.1.2. Fines y Objetivos del Proceso.

* 1.2. Principios Generales del Proceso Judicial:

* 1.2.1. Principio de Contradicción y Debido Proceso.

* 1.2.2. Principio de Imparcialidad e Independencia Judicial.

* 1.2.3. Principio de Publicidad y Oralidad (en el contexto boliviano).

Capítulo 2: El Principio de Legalidad Procesal: Un Análisis Exhaustivo

* 2.1. Concepto y Alcance del Principio de Legalidad Procesal:

* 2.1.1. Evolución Histórica y Fundamento Constitucional.

* 2.1.2. Distinción entre Legalidad Procesal y Legalidad Sustantiva.

* 2.2. Fuentes del Principio de Legalidad Procesal:

* 2.2.1. La Constitución Política del Estado de Bolivia y los Tratados Internacionales.

* 2.2.2. Leyes y Códigos Procesales Bolivianos (relevancia del Código Procesal Civil boliviano).

* 2.2.3. Jurisprudencia y Doctrina.

* 2.3. Importancia del Principio de Legalidad Procesal en un Estado de Derecho:

* 2.3.1. Garantía de Seguridad Jurídica.

* 2.3.2. Protección de los Derechos Fundamentales en el Proceso.

Parte II: El Artículo 6 del Código Procesal General Modelo: Un Estudio Detallado

Sección II: La Aplicación del Procedimiento y sus Excepciones

Capítulo 3: La Aplicación Estricta del Procedimiento (Artículo 6, Inciso 1)

* 3.1. El Deber de Aplicación Estricta del Juez:

* 3.1.1. ¿Qué se entiende por «estrictamente» en el procedimiento?

* 3.1.2. La Nulidad Procesal como Consecuencia del Incumplimiento.

* 3.1.2.1. Teoría de las Nulidades Procesales en Bolivia.

* 3.1.2.2. Casos prácticos y jurisprudencia boliviana relevante.

* 3.2. La Flexibilidad de las Partes en Temas Transigibles:

* 3.2.1. El Concepto de «Tema Transigible» en el Derecho Boliviano.

* 3.2.2. Pacto de Extensión de Plazos: Oportunidades y Límites.

* 3.2.3. Supresión de Fases Procedimentales (Art. 7, inc. 3):

* 3.2.3.1. Análisis de la Voluntad de las Partes vs. Orden Público Procesal.

* 3.2.3.2. Aplicación y Desafíos en el Contexto Boliviano.

* 3.3. Casos de Estudio Bolivianos:

* 3.3.1. Ejemplos de aplicación estricta y de nulidades declaradas.

* 3.3.2. Ejemplos de acuerdos transaccionales que modificaron el procedimiento.

Sección III: La Sentencia y el Orden de Prelación Normativa

Capítulo 4: La Aplicación Coherente del Sistema Jurídico en la Sentencia (Artículo 6, Inciso 2)

* 4.1. El Deber de Coherencia en la Emisión de la Sentencia:

* 4.1.1. La Nulidad de la Sentencia por Incoherencia o Inaplicación del Orden de Prelación.

* 4.1.2. La Motivación de la Sentencia como Reflejo de la Coherencia.

* 4.2. El Orden de Prelación Normativa en el Contexto Boliviano:

* 4.2.1. La Constitución Política del Estado de Bolivia y los Pactos Internacionales:

* 4.2.1.1. Bloque de Constitucionalidad en Bolivia.

* 4.2.1.2. Control de Convencionalidad y su Impacto en el Proceso.

* 4.2.2. Las Leyes Sustantivas Bolivianas:

* 4.2.2.1. Jerarquía entre Códigos y Leyes Especiales.

* 4.2.2.2. Aplicación de la Ley en el Tiempo y en el Espacio.

* 4.2.3. Disposiciones de Carácter Municipal con Rango de Ley Formal:

* 4.2.3.1. Autonomía Municipal y Competencias Legislativas en Bolivia.

* 4.2.3.2. Casos Prácticos de Aplicación de Normas Municipales.

* 4.2.4. Acordadas del Tribunal Supremo de Justicia y otros Órganos Competentes:

* 4.2.4.1. Función y Alcance de las Acordadas en el Sistema Judicial Boliviano.

* 4.2.4.2. Su Naturaleza y su Inclusión en el Orden de Prelación.

* 4.3. Discrecionalidad Judicial y Límites en la Aplicación de la Norma:

* 4.3.1. Interpretación de la Ley: Métodos y Alcance.

* 4.3.2. Integración de la Ley: Analogía y Principios Generales del Derecho.

Sección IV: La Ejecución de la Sentencia y los Principios Procesales Permanentes

Capítulo 5: La Ejecución de la Sentencia y la Búsqueda de la Paz Social (Artículo 6, Inciso 3)

* 5.1. La Ejecución Expedita de la Sentencia:

* 5.1.1. Mecanismos y Procedimientos de Ejecución en Bolivia.

* 5.1.2. Obstáculos y Retos en la Ejecución Judicial.

* 5.2. El Empleo de la «Fuerza Necesaria»:

* 5.2.1. Proporcionalidad y Razonabilidad en la Ejecución.

* 5.2.2. Límites a la Coerción en la Ejecución Forzosa.

* 5.3. Mantenimiento de la Paz Social:

* 5.3.1. La Función Pacificadora del Derecho Procesal.

* 5.3.2. Medios Alternativos de Resolución de Conflictos durante la Ejecución.

Capítulo 6: Principios Transversales del Proceso (Artículo 6, Inciso 4)

* 6.1. Respeto y Respaldo al Principio de Seguridad Jurídica (Artículo 6, Inciso 4.1):

* 6.1.1. Concepto y Dimensiones de la Seguridad Jurídica.

* 6.1.2. Prevención de Sentencias Contradictorias:

* 6.1.2.1. Litispendencia y Cosa Juzgada en el Derecho Boliviano.

* 6.1.2.2. Análisis de los Artículos 31 y 351 del Código Modelo (y su correlación con la legislación boliviana).

* 6.1.3. Unificación de Criterios Jurisprudenciales (relevancia del TSJ boliviano).

* 6.2. Acumulación Voluntaria de Pretensiones Conexas (Artículo 6, Inciso 4.2):

* 6.2.1. Concepto de Conexidad Subjetiva y Objetiva.

* 6.2.2. Principios de Economía y Celeridad Procesal.

* 6.2.3. Requisitos y Procedimiento para la Acumulación en Bolivia.

* 6.2.4. Ventajas y Desafíos de la Acumulación de Pretensiones.

Parte III: Desafíos y Perspectivas del Principio de Legalidad Procesal en Bolivia

Sección V: La Legalidad Procesal en el Contexto Judicial Boliviano

Capítulo 7: Retos y Propuestas para la Aplicación del Artículo 6 en Bolivia

* 7.1. Análisis Crítico de la Legislación Procesal Boliviana Vigente:

* 7.1.1. Comparación con el Código Procesal General Modelo.

* 7.1.2. Identificación de Brechas y Necesidades de Reforma.

* 7.2. La Jurisprudencia Boliviana frente al Principio de Legalidad Procesal:

* 7.2.1. Estudio de Sentencias Relevantes del Tribunal Supremo de Justicia y Tribunales Constitucionales.

* 7.2.2. Tendencias y Evolución de la Interpretación Judicial.

* 7.3. La Formación Judicial y su Impacto en la Aplicación del Principio:

* 7.3.1. Necesidad de Capacitación Continua de Jueces y Abogados.

* 7.3.2. Ética Judicial y el Respeto a la Legalidad Procesal.

* 7.4. Propuestas de Reforma y Mejora del Sistema Procesal Boliviano:

* 7.4.1. Incorporación de Elementos del Código Modelo.

* 7.4.2. Fortalecimiento de la Seguridad Jurídica y la Celeridad Procesal.

Conclusiones

(Síntesis de los puntos clave del libro, reforzando la importancia del Principio de Legalidad Procesal y las oportunidades de mejora en el sistema boliviano).

Bibliografía

(Libros, artículos, tesis, documentos jurídicos, legislación, jurisprudencia consultada, tanto boliviana como internacional, así como del Código Procesal General Modelo y sus comentarios).

Índice Temático y Analítico

(Para facilitar la búsqueda de conceptos y temas específicos dentro del libro).

Anexos

(Si aplica, se podrían incluir: texto completo del Artículo 6 del Código Procesal General Modelo, cuadros comparativos de la legislación boliviana con el modelo, ejemplos de formularios procesales).

Este esquema ofrece una base sólida para un libro que no solo explore en profundidad el Artículo 6 del Código Procesal General Modelo, sino que también lo contextualice y lo aplique de manera crítica al sistema jurídico boliviano. La estructura permite una progresión lógica del conocimiento, desde los fundamentos teóricos hasta los desafíos prácticos, lo que lo hace ideal para estudiantes universitarios.